Hugo Grocio
Dios
Antes el propio Santo Tomás de Aquino ya había asentido en recurrir al sano juicio de la “razón natural” procurando convencer, a través de ella, a los gentiles de las verdades del cristianismo. Ese propósito se desplegará en su “Summa contra Gentiles”43 en donde expondrá ordenadamente sus argumentos ontológicos y “racionalistas” que apuntarán a demostrar irrefutablemente la existencia de Dios.
El concepto de Dios es reducido meramente a la figura de “Creador” y “Ordenador” primigenio; de causa prima, pero general, de todas las cosas. En otras palabras, el Dios grociano es, esencialmente, uno que solamente ha inscripto en la naturaleza sus principios fundamentales y que, luego de concebida, la ha librado completamente a su propia inercia y reglas fundacionales
Hombre
El hombre es social por naturaleza, por lo que las normas de convivencia que hay en la sociedad son naturales, e inherentes al ser humano, y constituyen objeto de derecho positivo. En su estudio sobre Derecho internacional, Mare Liberum (1609), defiende la libertad de las naciones en los mares. Sostenía que la idea de extender el concepto de soberanía al espacio marítimo se oponía a la ley natural y al Derecho básico de la humanidad
Grocio intentó construir las concepciones jurídicas a partir de axiomas claros y evidentes que será el lugar común por el cual toda la escuela ius naturalista moderna habrá de discurrir. Fundar el orden jurídico a partir de una investigación filosófica sobre la “naturaleza” humana puede resultar, por lo menos, confuso y, en el peor de los casos, peligroso.
Defiende lo que se denomina guerra justa, si se entabla para alcanzar o restablecer el fin natural del hombre, que es la paz.
Conocimiento
En el pensamiento filosófico de Hugo Grocio, representante de la Escuela del Derecho Natural Moderno, encontramos una combinación del elemento voluntarista como fuente del derecho, y del elemento racionalista como vía de determinación y conocimiento de sus preceptos
Grocio menciona los principios que ordenan el derecho en general en forma de reglas, así, la primera regla que se remite a la voluntad divina, como origen de todo derecho, sería “Lo que Dios declaró querer, es derecho”. De aquí se derivan dos leyes: primera, es lícito defender la vida y evitar el mal; segunda, es lícito adquirir lo útil para la vida y conservarla. Estos preceptos son de derecho natural primario.
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